Por
primera vez se regula en Pinoso la posibilidad de aprobar mercados de
organización privada en suelo privado, con la dinamización
económica que eso supone, y, además, se agrupan, ordenan y
actualizan el conjunto de criterios que ha de seguir el consistorio
para la concesión de las autorizaciones”, explicó la concejala de
Comercio, Neus Ochoa, durante el pleno ordinario del martes en el que
se aprobó por unanimidad la Ordenanza de Venta No Sedentaria.

La petición
por parte de un particular para la realización de un mercadillo
privado ha motivado el estudio de la situación y posterior creación
de esta ordenanza, de acuerdo con el Decreto 65/2012 del Consell de
la Generalitat Valenciana, por el que se fija la necesidad de una
regulación reglamentaria por parte de los municipios, con la
finalidad de dar respuesta a las iniciativas en suelo privado y
establecer los requisitos exigibles para autorizar la venta no
sedentaria en suelo público.

La
responsable de Comercio, que ha trabajado durante varios meses en la
elaboración de esta ordenanza y su adaptación a Pinoso, expuso el
contenido de la misma, detallando las enmiendas incluidas y aprobadas
durante el pleno. Tienen que ver con la diferenciación entre horario
de invierno y verano; la obligatoriedad de presentar una declaración
responsable en caso de mercadillos de objetos personales, indicando
que los productos expuestos no han sido adquiridos para su posterior
venta; la imposibilidad de coincidencia de los mercados privados con
los que se celebran en suelo público y la regulación de la
instalación de mercados temáticos que se autoricen con motivo de
fechas conmemorativas.

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ORDENANZA

Está
integrada por un total de 22 artículos en los que se establecen las
modalidades y los requisitos para el ejercicio de esta venta que se
realiza fuera de un establecimiento comercial permanente, así como
la tramitación, documentación exigida y el procedimiento de
selección de los mercados autorizados en vía pública. Se regula,
asimismo, el calendario, el horario y régimen de funcionamiento de
los mercados en suelo público y privado, las medidas de seguridad,
espacio, zonas comunes y las diferentes infracciones y sanciones que
se podrían imponer en caso de incumplimiento, establecidas desde los
750 euros y los 3.000 euros, en caso de infracciones muy graves.

Tras
su aprobación inicial, la ordenanza tendrá periodo de exposición
pública de 30 días hábiles, durante los que presentar alegaciones
y reclamaciones a su contenido.

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