La conselleria de Sanidad Universal y Salud
Pública ha elaborado un ‘Protocolo Asistencial para la preservación de
la fertilidad en personas transexuales en la Comunitat Valenciana’ que
establece las directrices para que estas personas
puedan acceder a las técnicas de preservación de la fertilidad en las
mismas condiciones que el resto de los usuarios del sistema sanitario
público valenciano.

El protocolo se adapta a la cartera de
servicios que la sanidad pública valenciana ofrece a las personas trans y
que ya incluye atención psicoterapéutica, terapia hormonal y
farmacológica y atención quirúrgica. La asistencia se
presta en las tres unidades de referencia para la identidad de género
(una por provincia) creadas para instrumentar el proceso de atención
sanitaria integral a seguir para cada persona trans, conforme a sus
circunstancias personales, a su estado de salud y
a sus deseos de cambio.

La normativa establece el procedimiento y
criterios para la prestación asistencial de preservación de la
fertilidad que incluye la vitrificación de ovocitos y la congelación de
semen para su posterior recuperación en personas trans
antes del inicio de cualquier tratamiento que pudiera comprometer su
capacidad reproductora y siempre previo a la cirugía de cambio de sexo.

«En las personas transgénero, tanto el
tratamiento médico hormonal como el quirúrgico pueden afectar a su
fertilidad futura. Por tanto, cualquier persona transexual en edad
fértil podrá acceder a este tipo de técnicas, siempre que
cumpla los criterios en igualdad de condiciones que el resto de la
ciudadanía», ha señalado la consellera de Sanidad Universal y Salud
Pública, Ana Barceló.

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Esta igualdad de condiciones implica que se
podrán beneficiar las personas mayores de 18 años y menores de 40 en el
caso de mujeres o de 55 en el caso de hombres que no tengan ningún hijo
o hija previo y sano.

El acceso a esta prestación asistencial se
realizará a través de las Unidades de Identidad de Género de referencia
en cada provincia (Doctor Peset de València, General de Alicante y
General de Castelló), que informarán de las diferentes
opciones, realizarán la evaluación clínica inicial y la remitirán al
hospital de referencia establecido en cada caso para que realice la
técnica de preservación de fertilidad correspondiente.

En el caso de que la persona ya haya
iniciado el tratamiento hormonal cruzado deberá abandonarlo durante un
mínimo de 3 meses para proceder a la obtención y vitrificación de
ovocitos (en hombres trans) o la obtención y congelación
de semen (en mujeres trans).

El protocolo materializa aspectos regulados
en la Ley 8/2017, de 7 de abril, de la Generalitat, integral del
reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en
la Comunitat Valenciana, que establece el acceso
a las técnicas de reproducción humana asistida y a las técnicas de
congelación de gametos de las personas trans con capacidad gestante y a
sus parejas. Y también recoge el espíritu de la Ley 23/2018, de 29 de
noviembre, de la Generalitat, de igualdad de las
personas LGTBI.

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