El sindicato CCOO PV valora la entrada en vigor del
RD-ley 8/2019 de 8 de marzo en
la que se incluye la obligación de registro diario de la jornada. “Reivindicamos
desde hace mucho tiempo establecer estos registros para proporcionar
transparencia, en la línea de otras legislaciones europeas, visibilizar nichos
de economía sumergida por el fraude de las horas extraordinarias (o no pagadas,
o pagadas irregularmente), y como mecanismo de control de un trabajo decente”, subraya
Daniel Patiño, secretario de Acción Sindical.
CCOO PV presentó un Informe de 2018 que mostraba que el País Valenciano es la segunda
autonomía con mayor número de horas extraordinarias realizadas, con un total de
5.246.988 al mes, el 30,9% de ellas no pagadas. Estimaba que se podrían
transformar en unos 32.000 nuevos empleos al año en nuestro territorio.
“El Real Decreto-ley no cubre todas las reclamaciones planteadas en la denuncia que ha
presentado frente a Deutsche Bank, que está siendo deliberada por el Tribunal
de Justicia de la UE y que, previsiblemente, será conocida la próxima semana”,
manifiesta Patiño. Considera, sin embargo, que el registro horario ha de ser
una herramienta de acción sindical en el seno de las empresas y de la
negociación colectiva.
Existen diversos mecanismos, tanto manuales
como digitales, para garantizar el registro diario de jornada y que pueda
establecerse en todas las empresas, con las peculiaridades que establece la
norma, previa consulta con organizaciones sindicales y empresariales más
representativas. “El cómo se lleve a cabo se traslada a la negociación
colectiva o al acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras”,
añade el responsable de Acción Sindical, quien lamenta que, en caso de
desacuerdo, se pueda aplicar unilateralmente por parte de la empresa. Desde CCOO
PV se estará alerta a que esos mecanismos no vulneren derechos individuales
sobre protección de datos, reúnan los requisitos de necesidad, idoneidad y
proporcionalidad y a que se informe adecuadamente al personal.
El establecimiento de pautas, consideraciones
de tiempo de trabajo efectivo o descansos pactados, forma parte de la
organización del trabajo en el seno de la empresa o del sector, por lo que
resulta inaceptable que se argumenten estas afirmaciones para sembrar dudas ante
la entrada en vigor de la norma.
“Manifestamos nuestra preocupación ante los
mensajes que se puedan enviar a la opinión pública, pues seguir obviando que la
jornada diaria ha de ser registrada, solamente prolonga las resistencias
empresariales a ser transparentes, en contra de la cultura de la responsabilidad
social empresarial, y a establecer indicadores que verifiquen el cumplimiento
del Objetivo del Trabajo Decente”, concluye Patiño.