El Consell ha acordado ceder al Ayuntamiento de Novelda el uso de los locales comerciales situados en la calle de Pelayo número 9 de este municipio, que albergarán parte de la colección del Museo Histórico-Artístico, el departamento de Desarrollo Local y un espacio coworking.
La cesión de estos locales se realizará por un plazo de 30 años y responde a la solicitud del Ayuntamiento de Novelda de disponer de estos locales para destinarlos a albergar el depósito permanente de piezas arqueológicas de la colección museográfica del Museo Histórico-Artístico, lo que permitirá unificar la colección -que hasta ahora se encuentra en diferentes espacios-, en un inmueble con condiciones óptimas de acceso, dimensión y conservación.
Asimismo, el inmueble albergará el departamento de Desarrollo Local y un espacio coworking, que se convertirá en un laboratorio generador de empresas con un marcado carácter innovador y que, además, ayudará a dar soluciones a los sectores productivos tradicionales de la localidad.
Se considera que la puesta en marcha de este proyecto redundará en la mejora socioeconómica de Novelda, ciudad que históricamente ha contado con un elevado matiz emprendedor y que, debido su estratégica situación territorial, puede ayudar a vertebrar el territorio sur de la Comunitat Valenciana.
El artículo 91 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat establece que el uso de los bienes patrimoniales de la Generalitat, podrán ser cedidos gratuitamente por el Consell a favor otras Administraciones públicas, entidades de derecho público o entidades sin ánimo de lucro por un plazo máximo de treinta años, para finalidades de utilidad pública o interés social que redundan directamente en beneficio de los habitantes de la Comunitat Valenciana.
El plazo de cesión de treinta años se computará desde la fecha de recepción del acuerdo del Pleno de la Corporación de aceptación de la cesión gratuita de uso, y quedará sujeta a una serie de condiciones a cumplir por el Ayuntamiento, entre las que se encuentra adoptar el correspondiente acuerdo de aceptación en el plazo de dos meses desde la notificación de este acuerdo del Consell.
Otra de las condiciones es la inscripción del inmueble como bien de dominio público en el inventario municipal y destinarlo exclusivamente a finalidades de utilidad pública e interés social descritas anteriormente. Además, queda prohibido su arrendamiento o transmisión por ningún título a favor de un tercero.
Asimismo, el ayuntamiento se compromete a llevar a cabo el mantenimiento, la conservación, la adecuación y todo tipo de reparaciones del inmueble durante todo el plazo de la cesión, haciéndose cargo de estos gastos, así como el pago de los impuestos y otras exacciones fiscales, entre los cuales hay el IBI, que se derivan del inmueble.
También se compromete a asumir todas las responsabilidades inherentes a la adecuación del inmueble, puesta en funcionamiento, mantenimiento, conservación, reparaciones y explotación del construido.