Cada
vez está más cerca el 22 de diciembre y, como cada año, son muchos
los que se dejan llevar por la alegría de la Navidad e invierten un
poquito de su dinero en confiar en la suerte que puedan tener en
estas fechas tan señaladas en el tradicional y esperado Sorteo
Extraordinario de la Lotería.
Pues
bien, a los agraciados a los que la suerte acompañe, lo serán en
mayor medida que en años anteriores, pues tributarán menos por los
premios obtenidos.
En
2013 el Gobierno introdujo un impuesto específico sobre los premios
de Loterías y Apuestas del Estado que superasen los 2.500 euros. Con
este impuesto el Estado no consiguió recaudar el objetivo propuesto,
sin embargo, alcanzó la cifra de 500 millones en 2017.
Transcurridos
cinco años desde la introducción del impuesto, con efectos 5 de
julio de 2018, la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2018 elevó la cuantía exenta de tributación
de forma progresiva hasta los 10.000 euros para el resto del
ejercicio 2018, hasta los 20.000 euros en el ejercicio 2019 y hasta
los 40.000 euros para el ejercicio 2020 y siguientes. A partir de
dichos importes, se tributará a un porcentaje fijo del 20%.
Ello
hará que el mismo premio en el próximo sorteo del “Gordo” y en
el sorteo del “Niño” tribute de forma distinta, siendo
preferible ser premiado en el último dado que se pagarán menos
impuestos en 2019.
De
esta forma, los premios y sus respectivos pagos a Hacienda, quedarán
así para el sorteo de este año de la Lotería de Navidad:
Además,
los premiados no deberán preocuparse sobre cómo declarar esta
retención o ingreso a cuenta, pues se devengará en el momento en el
que se cobre el premio, y será la propia entidad pagadora la que
abone el importe habiendo descontado automáticamente el impuesto y,
por ende, el premiado no tendrá que presentar ninguna declaración
tributaria.
Tampoco
se declararán estos premios en la declaración de I.R.P.F., no
siendo así en el caso de sociedades, asociaciones, fundaciones u
otras formas jurídicas, en las que dicho premio sí formará parte
de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, descontándose la
retención practicada.
En
último lugar, desde Grupo Terol les deseamos que tengan un buen
final de año, que sean muy felices en 2019 y que si les toca la
lotería durante estas navidades sea la del “Niño”.