A la hora de organizar un viaje o contratar un vuelo es necesario tomar una serie de precauciones y adoptar unas mínimas pautas de conducta que eviten las estafas y los fraudes, todo ello para que lo que prometía felicidad, no se convierta en una pesadilla. Se deben tener en cuenta una serie de consejos generales.
a) Si se gestiona un determinado viaje o vuelo a través de una AGENCIA DE VIAJES:
– Para las ofertas de VIAJES COMBINADOS y de SERVICIOS DE VIAJE VINCULADOS, los requisitos de la información previa a la contratación serán de obligado cumplimiento y se darán en modelos normalizados.
– Compare los precios del viaje o de los vuelos con diferentes agencias, desconfiando de los precios excesivamente bajos.
– Exija siempre un contrato por escrito y solicite una copia del mismo, leyéndolo con tranquilidad antes de firmar nada (para ver si se adecua lo previamente informado por la agencia y para no llevarse sorpresas después). No se deje llevar por las prisas a la hora de firmar.
– Guarde toda la documentación (contrato, facturas, tickets, folletos publicitarios, etc.) en lugar seguro, ya que pueden serle de utilidad para la gestión de posibles reclamaciones). Recuerde que la información publicitaria marcada en folletos y anuncios, tiene carácter contractual.
– Elija una agencia que merezca confianza y, si es posible, que esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
b) Si se tramita un viaje o un vuelo por INTERNET:
– Durante la contratación y el pago, compruebe que se está gestionando a través de un servidor seguro (la dirección empieza por ‘https’ y aparece un candado en la barra de dirección).
– Asegúrese de gestionarlo siempre en páginas oficiales de las agencias de viaje o de las compañías aéreas (tecleando directamente la dirección en el navegador y no accediendo a través de vínculos que lleguen, por ejemplo, a través de correo electrónico).
– A tener en cuenta que no existe el derecho de desistimiento.
– En los vuelos exija un billete con la plaza ya reservada, no un simple localizador. Confirme el billete con la aerolínea.
c) En cuanto a la contratación de HOTEL:
La legislación hotelera en España depende de cada Comunidad Autónoma. En la práctica, esto significa que cuando viajamos a otra provincia podemos encontrar diferencias entre los servicios que nos ofrecen los establecimientos hoteleros.
No obstante, hay especificaciones comunes a todos los establecimientos.
Los establecimientos hoteleros se clasifican por categorías. Están representadas por una estrella y pueden tener de una a cinco, siendo la quinta la máxima categoría. En función de ellas, deben ofrecer unos servicios e instalaciones mínimas.
Todos los establecimientos, independientemente de su categoría, deben estar en perfectas condiciones de limpieza e higiene, así como que todos los equipamientos y mecanismos estén funcionando y en perfecto estado.
Asimismo, deben contar con una recepción, ubicada en la entrada o vestíbulo del hotel con instalaciones adecuadas a su capacidad para prestar el servicio con normalidad. Estará abierta las 24 horas del día, accesible por teléfono 24 horas desde dentro y fuera del hotel.
Los precios por habitación y noche serán libres para todos los establecimientos.
Por último, todos los hoteles deben contar y ofrecer información, en forma de folletos o planos, sobre la zona, así como buenas condiciones de accesibilidad para personas de movilidad reducida en las zonas comunes y un número de habitaciones adaptadas.
d) Reclamaciones:
Si como viajero ha tenido algún problema puede solicitar una hoja de reclamaciones o formulario de queja en el mismo establecimiento donde ha tenido el problema. Posteriormente podrá presentarla en la OMIC de Aspe, o bien a través de internet (con certificado digital).
ATENCIÓN: Cuando se dan problemas en el Aeropuerto, antes de abandonar el recinto realice un Parte de Incidencia (PIR) en el mostrador de la compañía con la que vuela o ha volado.