El
próximo 20 de diciembre tendrán lugar las elecciones nacionales. Si
crees que no vas a poder acudir a las urnas, puedes votar por correo.
Estos son los pasos que debes seguir:
DEL 27 DE OCTUBRE AL 10 DE
DICIEMBRE:
Solicita personalmente en cualquier
Oficina de Correos el impreso para poder votar.
Rellena y firma el impreso.Entrégalo personalmente en cualquier Oficina de Correos.No olvides tu D.N.I.
DEL 30 DE NOVIEMBRE HASTA EL 13 DE
DICIEMBRE:
Recibirás en el domicilio que
facilites dentro del territorio nacional toda la documentación
necesaria para votar.
La documentación que te enviara la
oficina del censo electoral provincial es:
– 2 Sobres de votación. Congreso y
Senado (blanco y sepia).
– Papeletas de todos los partidos.
Congreso y Senado (blanco y sepia).
– Certificado de estar inscrito en el
censo.
– Sobre para enviar tu voto. En dicho
sobre estará impreso tu colegio, mesa y sección donde te
corresponde votar.
TIENES HASTA EL 16 DE DICIEMBRE PARA
ENVIAR TU VOTO:
Siempre certificándolo, gratuitamente,
en cualquier Oficina de Correos.
Elige la papeleta del partido político
que quieras votar al Congreso de los Diputados e introdúcela en su
sobre correspondiente (blanco).
Marca con una cruz en el recuadro los
nombres de los candidatos al Senado hasta un máximo de tres. Dobla
la papeleta, no la cortes e introdúcela en el sobre sepia.
No introduzcas el certificado de estar
inscrito en el censo dentro del sobre de votación con la papeleta.
No será valido tu voto. Introdúcelo suelto, dentro del sobre
dirigido a tu mesa electoral.
PERSONAS IMPEDIDAS:
Certificado médico oficial, en el que
constarán las causas que le impiden votar personalmente. El impreso
puede recogerse gratuitamente en el Colegio de Médicos de tu
provincia.
Poder Notarial especial para
elecciones, justificando tu incapacidad para votar y por el que
designas a la persona elegida para que te represente y se ocupe de
tramitar tu solicitud de voto por correo.
La misión del representante consiste
en:
-Presentar en correos el impreso de
solicitud de la persona impedida, que firmará en presencia del
funcionario, exhibiendo el representante su DNI original. A este impreso le acompañará el certificado médico
cumplimentando y el poder notarial correspondiente, mencionado
anteriormente.
-Una vez recibida la documentación por
la persona enferma o impedida, que le entregará el cartero
personalmente, el representante seguirá las instrucciones expuestas
por el voto por correo.
-Tanto el certificado médico como el
poder notarial son gratuitos. Sólo se puede ser representante de una
sola persona incapacitada.