El Tribunal Supremo ha inadmitido un recurso de casación interpuesto por un hombre y ha ratificado su condena en el ámbito civil a indemnizar a una comunidad de propietarios por causar daños en un edificio de Biar al almacenar sacos de almendra en un bajo comercial, según un auto al que ha tenido hoy acceso Efe.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Alicante declaró probada su responsabilidad en estos desperfectos en febrero de 2015, tras confirmar una sentencia anterior del juzgado de Primera Instancia número 1 de Villena.

El tribunal provincial dictaminó así que el demandado había convertido su bajo comercial «en una especie de nave de uso agrícola» y que había sido «la sobrecarga de peso» derivada de «la acumulación de sacos de almendra», lo que había causado los daños en un garaje de la finca.

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El demandante recurrió el fallo porque entendía que no existía culpa ni negligencia por su parte sino por la del constructor del edificio, al no haber previsto la instalación de una canaleta que evacuara el agua.

La sección primera de la Sala de lo Civil del Supremo ha desestimado, sin embargo, su recurso de casación porque no concurren los requisitos que establece la jurisprudencia ni siquiera para ser admitido a trámite.

Según establece en un auto fechado el pasado 27 de septiembre, las sentencias dictadas por el propio Supremo que el demandado invoca para contradecir el fallo de la Audiencia se refieren a supuestos distintos al enjuiciado en este caso.

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