El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que actualiza y flexibiliza las condiciones en que las personas trabajadoras con discapacidad igual o superior al 45% pueden acceder a la jubilación anticipada.

Para este colectivo, se reducen los años de cotización exigidos de 15 a 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad superior al 45% para acceder a jubilación anticipada, siendo necesario haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización. Además, se aplicará el mismo régimen también a las personas que tengan más de una patología discapacitante si, en conjunto, superan el 45% de discapacidad.

En cuanto a las patologías, la nueva norma facilita tanto su acreditación como su actualización. En concreto, la acreditación de la discapacidad se podrá realizar, además de mediante certificación del IMSERSO o de las comunidades autónomas, mediante un informe médico que acredite que ha padecido alguna de las patologías contempladas y la fecha de inicio o manifestación de las mismas. Por otro lado, se pone en marcha un nuevo procedimiento, más ágil y sencillo, para actualizar el listado de patologías, de forma que pasará a estar en el anexo de la norma y se podrá modificar mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión.

DEMANDA DEL CERMI

La posibilidad de que los trabajadores con discapacidad del régimen general de la Seguridad Social se acojan a la jubilación anticipada en determinados supuestos es una forma de compensar la menor esperanza de vida originada por la discapacidad o la intensificación de los efectos del envejecimiento causados por esta razón.

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Con este real decreto, el Gobierno atiende de forma parcial una antigua demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), que reclamaba revisar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada de trabajadores con una discapacidad del 45% o superior porque durante la aplicación de la normativa ahora en vigor se presentaron “problemas y restricciones“ que han dejado fuera a determinadas personas.

La actualización del régimen de jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad estaba contemplada en la última renovación del Pacto de Toledo que las Cortes Generales aprobaron el pasado año, donde había una recomendación específica sobre protección social, Seguridad Social y personas con discapacidad que recogía este aspecto de flexibilización atendiendo así a una petición que el Cermi hizo al Parlamento.

De hecho, el ministro afirmó que este real decreto y otro sobre jubilaciones demoradas aprobado también este martes «completan las recomendaciones del Pacto de Toledo».

Esta norma demuestra el «compromiso» del Gobierno «con la mejora de las condiciones de vida de las personas con discapacidad, un grupo especialmente vulnerable», como también lo fue el aumento al 10% del empleo reservado para este colectivo en las convocatorias de empleo público.

*El real decreto entra en vigor el día 1 de junio de 2023.

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