Desde la Dirección General de Política Territorial y Paisaje se ha presentado un requerimiento de anulación de la autorización administrativa previa sobre el proyecto fotovoltaico FV Salinas de 137,94 MW.

El motivo por el cual se lleva a cabo este requerimiento de anulación se basa en tres aspectos: efectos sobre el paisaje, sobrepasar el 3% de ocupación del suelo no urbanizable común y riesgo de inundabilidad.

En los diferentes informes realizados por el servicio de infraestructura verde y paisaje de la mencionada Dirección General, se advierte de que las infraestructuras de generación de energía fotovoltaica deben considerar aspectos para su integración en el paisaje y su afección a la infraestructura verde como factores relevantes. Tanto en la toma de decisiones como en el estudio de alternativas de localización de la planta fotovoltaica, así como en el trazado de las infraestructuras de evacuación.

Tanto por los efectos sobre el paisaje como por la acumulación de proyectos en la zona de Sierra Salinas, se considera necesario que la empresa lleve a cabo un Estudio Paisaje de su proyecto.

Con todos los proyectos planteados en el entorno de Sierra Salinas y en la zona la Encina, se supera con creces el 3% de ocupación del territorio, y así lo advierten los informes del Servicio de Gestión Territorial, donde hablan de una ocupación superior al 7%.

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En cuanto al riesgo de inundación, la normativa del PATRICOVA prohibe una relación de usos y actividades entre las cuales se encuentra los centros de producción de energía, en aquellos casos en los que no se pueda justificar la escasa incidencia del riesgo de inundación en relación con la actividad a implantar. Dado que la planta solar se encuentra afectada por riesgo de inundación, se le solicitó un estudio de inundabilidad. Una vez recibido dicho informe no se considera compatible.

Verdes de Europa llevamos a pleno y fue aprobado el 28 de junio de 2022 que no se sobrepasase el 3% de ocupación del suelo no urbanizable. Por ello el Servicio de Gestión Territorial consideraba inviable este proyecto dado que la suma de proyectos supera dicha cantidad.

Dicho proyecto a obtenido la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Ministerio, en ella no se incluye referencia alguna a la infraestructura verde, tampoco consta el Estudio Paisaje solicitado en el informe. La ejecución de este proyecto fotovoltaico afecta a 2.500.000.000 m2 que sumado al resto de proyectos planteados va a suponer una sustitución total del paisaje existente y esta cuestión no ha sido analizada. Consideramos que la DIA a obviado la acumulación de plantas solares en este ámbito territorial.

La Consejería ha instado al gobierno español a desestimar todos aquellos proyectos que tienen informes desfavorables de los departamentos autonómicos en materia de territorio y paisaje, medio ambiente o energía. Como conclusión, nos encontramos ante una autorización administrativa de un proyecto que no ha recogido todas las condiciones generales previstas en una DIA, y tampoco cuestiones determinantes como la capacidad de acogida del paisaje y del territorio indicadas en los diferentes informes emitidos por los departamentos.

Como conclusión, nos encontramos ante una autorización administrativa de un proyecto que no ha recogido todas las condiciones generales previstas en una DIA, y tampoco cuestiones determinantes como la capacidad de acogida del paisaje y del territorio indicadas en los diferentes informes emitidos por los departamentos de la Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

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