NOVEDADES EN MATERIA DE EXTRANJERÍA ANTE EL COVID19


Ante la pandemia que sacude a
casi la totalidad de los países del mundo, el Gobierno Español en fecha 14 de
marzo de 2020 decretó el Estado de Alarma.

Ágora Habla con el deporte local y comarcal, siempre en movimiento

Como consecuencia de esto, el
Ministerio de Asuntos Exteriores junto con el Ministerio del Interior, han
acordado medidas URGENTES y necesarias en materia de Extranjería.

Las más importantes son:

    a)España
    ha CERRADO LAS FRONTERAS TERRESTRES,
    y posteriormente la Unión Europea ha hecho lo propio, medida inaudita tomada
    por los Jefes de estado y de Gobierno de los países de la UE, los que han acordado limitar la entrada a la
    Unión de todos los ciudadanos no
    comunitarios durante 30 días.

    b)Se
    han CANCELADO DE LAS CITAS PARA
    TRÁMITES DE EXTRANJERÍA
    .

    La sede
    electrónica de Administraciones públicas ha suspendido el servicio de cita
    previa para cualquier trámite en materia de extranjeros, ahora se pueden
    presentar TODAS las renovaciones de residencias no lucrativas, trabajo cuenta
    propia o ajena, residencia larga duración, permanente, etc tanto RENOVACIONES COMO RESIDENCIAS INICIALES
    DE FORMA TELEMÁTICA.

    c)Del
    mismo modo, las COMISARÍAS DE POLICÍA
    han cerrado al público
    y se han suspendido las citas previas de toma de
    huella, solicitudes de regreso, expedición de TIES, PASAPORTES, DNI, carta de
    invitación, prórroga de estancia sin visado, cédula de inscripción de
    indocumentado, Certificado de registro de ciudadano de la UE, protección
    internacional y .statuto de apátrida hasta que cese la situación de Alarma,
    posteriormente se deberá volver a solicitar cita previa.

    d)Además
    la situación generada por la evolución del COVID 19, y para adoptar medidas
    tendentes a la protección de la salud de la ciudadanía y mediante la
    Disposición Adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el
    que se declara el estado de Alarma, se establece la SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVO, declarando la
    suspensión de los términos.

    e)Cierre de ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
    se suspenden además por cierre al público de los JUZGADOS, TRIBUNALES
    SUPERIORES DE JUSTÍCIA, AUDIENCIA NACIONAL, TRIBUNAL SUPREMO, demás organismos
    judiciales que sólo y únicamente atenderán en funciones de guardia y adoptando
    medidas excepcionales. En cuanto a los REGISTROS
    CIVILES y REGISTRO CIVIL CENTRAL
    ,
    quedan suspendidas las JURAS DE NACIONALIDAD por
    RESIDENCIA, POR CARTA DE NATURALEZA, POR OPCIÓN, POR APATRIA y cualquier tipo
    de Jura, inscripción de nacimiento etc, únicamente se atenderá para servicios
    urgentes como fallecimientos.

    f)SUSPENSIÓN DE LOS EXÁMENES CCSE Y DELE
    en todos los países, son pruebas obligatorias para casi todos los futuros
    nuevos españoles. Se han suspendido las convocatorias de marzo y abril y no se
    descartan futuras, reanudándose cuando cese el estado de Alarma, así que no
    dejéis de estudiar.

    g) El Ministerio de Justicia sigue notificando RESOLUCIONES DE NACIONALIDAD
    durante el Estado de Alarma. Sí, parece
    que el Gobierno quiere darle un gran empujón al atasco de nacionalidades que
    lleva acumulado y es por eso que estamos recibiendo aluviones diarias de
    concesiones de Nacionalidades las cuales están siendo resueltas por los
    funcionarios desde sus casas. Nos están llegando concesiones de los años 2016,
    2017 y 2018 algunas habíamos interpuesto Recurso Contencioso Administrativo,
    otros expedientes habíamos presentado impulso procesal además también se están
    concediendo las Nacionalidades presentadas en 2019 y 6 presentadas este 2020!!

    h)El
    Ministerio del Interior PRORROGA
    durante 1 año LA VALIDEZ de los DNI,
    que caduquen desde el Decreto del Estado de Alarma, es
    decir, desde el pasado 14 de marzo de 2020. De esta manera, podrán ser
    utilizados para realizar cualquier tipo de gestión oficial, (notarias,
    registros, Ayuntamientos etc) y tendrán validez si se requiere su presentación
    por algún tipo de autorizada o agentes de las Fuerzas de Seguridad.

    Nuestro despacho estamos trabajando a puerta cerrada para ayudar a todos vosotros a resolver estos y otros asuntos y aclarar cualquier duda.

    Anna Molina

    – Abogada-

    Levantia Abogados

    tlf. 698.901.389

    info@abogadoslevantia.com

    www.abogadoslevantia.com

Promedio 0 / 5. Votos: 0