El planeamiento de una población es un instrumento básico para ordenar y poder determinar la forma de crecimiento que queremos para nuestra población, que recoge todo un proyecto de ciudad, en resumen, la idea de pueblo que queremos para el futuro.

Básicamente, el Plan General clasificará el suelo y delimitará los usos que se podrán dar en ellos, planificará las zonas verdes y las zonas destinadas a equipamiento (lugares donde el Ayuntamiento podría construir colegios, zonas deportivas…) o delimitará las Unidades de Ejecución. Por lo tanto, el Plan General, siempre hablando a grosso modo, clasificará el suelo en tres grandes grupos:

Suelo Urbano: este suelo ya forma parte de la red urbana, de la población. Se regula su uso, ya que puede tener diferentes destinos: residencial, industrial, equipamiento público, zona verde…Además se concreta la forma en que se puede edificar (número de plantas por ejemplo) las actividades que se pueden realizar, etc.

Suelo Urbanizable: suelo que en un futuro se podrá desarrollar. Esta es la parte más importante del plan ya que determinará en qué zonas el pueblo podrá crecer y, básicamente, es la parte que más afecta a los ciudadanos (ya que un suelo que anteriormente era “rústico” puede pasar a ser urbanizable). Debe regirse por la equidistribución de beneficios y cargas, de esta manera, tanto la población en general como los propietarios del suelo deben salir beneficiados.

Suelo No Urbanizable: también llamado “suelo rústico”, vinculado al uso agrario y actividades rurales, donde también se abarca el suelo de Especial Protección. Excepcionalmente y con condiciones se permite construir. Es una bolsa de suelo prevista para el crecimiento de la población.

En Sax, hasta la actualidad, nos regíamos por las Normas Subsidiarias, un instrumento de planeamiento “de menor nivel” que lo que será el Plan General. Dichas Normas comenzaron a dibujarse en 1989 pero no se aprobaron definitivamente hasta 1997 (con una posterior homologación en el 2000). Es en 2009 cuando se inicia la redacción del Plan General, sin embargo, en 2013 se paraliza, pese a que en 2012 se recibe el primer documento importante, el Documento de Referencia, que tenía una vigencia de 4 años. Esto significaba que en 2016 caducaría y perdería su validez. Sin embargo, la actual Corporación ha solicitado una prórroga a la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental que ha sido concedida por dos años más, luego podemos aprovechar el trabajo, el esfuerzo y el dinero invertido en el inicio de este Plan General y continuar con esta ardua labor.

Deficiencias

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Respecto a la situación actual de nuestras Normas Subsidiarias, como hemos dicho, son de menor nivel por lo que sufren también de varias deficiencias:

-Problemas en la delimitación definitiva de suelo urbano: no se encuentra totalmente desarrollado existiendo Unidades de Ejecución sin terminar o sin desarrollar y con grandes huecos que no se han edificado. Los ejemplos más significativos podría ser las calles que se encuentran sin urbanizar en la periferia del casco urbano. Las Unidades de Ejecución requieren una nueva delimitación, con una gestión diferente ya que han demostrado que bajo la regulación de las Normas Subsidiarias no han salido adelante. Basta con dar un paseo por el municipio para encontrarnos con Unidades de Ejecución a medio terminar (Unidad de Ejecución Nº3, en la calle Pintor Murillo) o que ni siquiera han empezado (como la Unidad de Ejecución Nº2 a la que, recientemente, hemos rescindido el título de urbanizador).

-Problemas graves en suelo industrial: Sax dispone de muchos metros de suelo industrial pero la mayoría sin desarrollar. En este apartado destaca el sector de la Loma del Sombrero, un suelo clasificado como urbanizable que nunca se va a desarrollar y que, a través del Plan General, podremos desclasificar. En este apartado también existen Unidades de Ejecución en desarrollo que presentan múltiples problemas en la ejecución de las infraestructuras. El ejemplo más notorio reside en los accesos al Polígono Industrial El Castillo.

-Parcelas dotacionales no adscritas a Unidades de Ejecución: como El Molino, Unisax o el solar de los Turcos. Estas parcelas al no estar dentro de una Unidad de Ejecución, el Ayuntamiento “se ve obligado” a expropiar únicamente con sus propios medios lo que provoca conflictos y merma las arcas municipales.

Estos problemas surgieron, en parte, por una falta de definición a la hora de redactar los documentos, al no existir los llamados vuelos que ayudan en la visión amplificada de los municipios.

La redacción del Plan General no debe ser realizada sólo por los Ayuntamientos sino que la población del municipio debe participar, ya que, seguramente tengan sugerencias que aportar que en muchos casos son aplicables y que ayudan a la configuración del documento haciendo que el Plan General sea de todos. Por ello, el Equipo de Gobierno y el Equipo Técnico encargado de redactar el pliego ha dado una gran importancia en dicho documento a la Participación Ciudadana, consiguiendo que las empresas que ofertasen una mayor y mejor participación puntúen más.

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